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Cómo votar

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Estamos de enhorabuena, ya que tras años de reivindicaciones, ya está publicada en el BOE la ley que suprime el voto rogado. Se trata de la Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero.

 

A partir de ahora, los españoles residentes en el exterior recibirán la documentación electoral sin tener que solicitarla y tendrán tiempo suficiente para ejercer su derecho al voto.

La información actualizada sobre el procedimiento de voto  se encuentra actualizada en la web de nuestro Consulado en este enlace.

Asimismo, también puede consultar el articulado de la ley en este otro enlace.

Recuerda que es condición indispensable estar registrado como residente en el Consulado y tener tus datos de contacto actualizados para poder ejercer tu derecho a voto. Puedes informarte escribiendo a nuestro Consulado o consultando el siguiente documento de dudas más frecuentes.

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